La Ley Sobre Estadounidenses Con Discapacidades, Adicción Y Recuperación Para Empresas Privadas Y Organizaciones Sin Fines De Lucro

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La Ley sobre Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés) garantiza que las personas con discapacidades tengan los mismos derechos y oportunidades que todos los demás. Esto incluye a personas con adicción al alcohol y personas en recuperación de opioides y otras sustancias.

La ADA (Título III) se aplica a empresas privadas, organizaciones sin fines de lucro y empresas que están abiertas al público y cuyas operaciones afectan el comercio. Ejemplos incluyen atención médica y hogares de ancianos. Los bienes y servicios que ofrecen estas entidades deben ser accesibles a las personas con discapacidades. La ADA también requiere que cuando una persona con una discapacidad solicita una modificación de las políticas o la forma en que opera el negocio, esa modificación debe ser considerada.

Definición de discapacidad

Una persona tiene una discapacidad según la ADA si:

  1. Tiene impedimento físico o mental que limita sustancialmente una o más actividades importantes de la vida, p. ej. alguien con trastorno bipolar, diabetes o adicción al alcohol o
  2. Tiene un historial de una discapacidad que limitó sustancialmente una o más actividades importantes de la vida, p. ej. alguien que tiene antecedentes de cáncer o alguien en recuperación del uso ilegal de drogas o
  3. Se ha considerado que tiene tal impedimento, p. ej. alguien tiene un miembro de la familia que tiene adicción al alcohol, por lo que se asume que también tiene una adicción al alcohol y, como resultado, enfrenta discriminación, o alguien que se percibe que tiene una discapacidad y es tratado negativamente basándose en el supuesto de discapacidad.

Principales actividades de la vida incluyen, entre otras, caminar, ver, cuidar de uno mismo, aprender, pensar, comunicarse, así como el funcionamiento de funciones corporales, como las funciones neurológicas y cerebrales.

La adicción generalmente se considera una discapacidad porque es una deficiencia que afecta las funciones cerebrales y neurológicas.

La ADA se aplica a la adicción al alcohol y al uso ilegal de drogas de manera diferente. La adicción al alcohol generalmente se considera una discapacidad, ya sea que el consumo de alcohol ocurra en el presente o en el pasado. Para las personas con adicción a los opioides y otras drogas, la ADA protege a una persona en recuperación que ya no está involucrada en el uso ilegal actual de drogas.

Uso ilegal de drogas significa:

  • Uso de drogas ilegales como heroína o cocaína y / o
  • El uso indebido de medicamentos recetados, como opioides o benzodiazepinas, cuando la persona no tiene receta, tiene una receta fraudulenta o está usando más medicamentos de los recetados.

En recuperación significa:

  • Se está recuperando de un trastorno por uso de sustancias y ya no está involucrado en el uso ilegal de drogas o
  • Está participando en un programa de rehabilitación supervisado y ya no usa drogas ilegalmente.

¿Qué significa "actual"?

  • El uso de drogas ocurrió lo suficientemente recientemente como para tener una creencia razonable de que el uso de drogas de una persona es un problema real y continuo.
  • Puede demostrarse cuando una persona falla una prueba de drogas o indica que puede fallar en dicha prueba.
  • No se limita a días, semanas o meses, sino que se determina caso por caso.

Tratamiento asistido por medicamentos

En un programa de tratamiento asistido por medicamentos (MAT, por sus siglas en inglés), a una persona se le prescriben legalmente medicamentos como Suboxone, Metadona o Vivitrol para tratar su adicción, junto con consejería. Una persona en MAT que ya no se dedica al uso ilegal de drogas se considera una persona con discapacidad y está protegida por la ADA. La medicación de una persona es tan específica para ella y para el tratamiento de su discapacidad que negarle a alguien el acceso a bienes y servicios debido a un medicamento que le recetaron es discriminación por motivos de discapacidad.

Políticas generales

Según la ADA, las empresas y las organizaciones sin fines de lucro, incluidas las de atención médica, no pueden adoptar políticas generales que afecten negativamente a las personas con discapacidades, como negar el acceso a los servicios a las personas en recuperación. Se debe realizar una evaluación individualizada con respecto a si la empresa puede brindar servicios a la persona con una discapacidad con o sin modificaciones razonables de políticas y prácticas.

Escenario de enfermería especializada

Josephine ha estado en recuperación durante cinco años desde que comenzó MAT. Recientemente, fue hospitalizada por neumonía y ahora la están transfiriendo a un centro de enfermería especializada para continuar la atención con la meta de regresar a casa. Su médico envió la documentación de admisión completa y la estaba preparando para la transferencia. El coordinador de admisiones se comunicó con Josephine sobre sus medicamentos, específicamente su receta de metadona. El coordinador explicó: “No aceptamos a nadie que tome metadona porque no tenemos a nadie que la administre ni una forma de almacenarla. Si deja de tomar metadona, estaré encantado de reconsiderar su aplicación”.

¿Josephine tiene protecciones bajo la ADA?  Sí las tiene. El centro de enfermería especializada la ha discriminado por el hecho de que es una persona con una discapacidad en recuperación y más específicamente porque Josephine está en MAT, tomando Metadona. El centro de enfermería especializada no puede denegar su admisión sobre la base de la medicación que le ha recetado su médico para su discapacidad. El centro de enfermería especializada debe admitir a Josephine y permitirle que continúe tomando los medicamentos recetados, incluida la metadona, mientras sea una paciente.

Escenario de hogar de recuperación

Lucy está recién en recuperación y en MAT. Ha comenzado a solicitar ingreso en hogares de recuperación, incluido un hogar de recuperación sin fines de lucro en su ciudad. El director del hogar de recuperación le pregunta sobre su prescripción y ella explica que toma Adderall para su TDAH. El director afirma que no permiten ningún medicamento adictivo en el hogar y que tendría que cambiar su medicamento para el TDAH.

¿Lucy está protegida por la ADA? Sí, Lucy está protegida por la ADA porque actualmente no está involucrada en el uso ilegal de drogas y califica para el programa de recuperación. El hogar de recuperación no puede tener una política general sobre denegar el acceso en función de los medicamentos que se le recetan a un solicitante, siempre y cuando el medicamento se tome según ha sido prescrito. Si la seguridad es una preocupación, el director puede configurar un sistema de caja de seguridad u otro sistema de seguridad que satisfaga las necesidades de todos.

Escenario de atención médica

Arturo está en recuperación en MAT. Recientemente se mudó y comenzó a buscar un médico de atención primaria cerca de su nuevo hogar. En la solicitud de una práctica cercana, se le pregunta sobre las condiciones médicas y los medicamentos que le recetan actualmente. Se le negaron los servicios debido a su prescripción de Suboxone. La práctica indicó que Arturo necesita un médico que se especialice en MAT.

¿Arturo está protegido por la ADA? Sí, Arturo es una persona en recuperación a la que se le receta Suboxone, un medicamento recetado legalmente que se usa para tratar la adicción. El centro de salud violó la ADA cuando denegó la solicitud de Arturo basándose en su tratamiento asistido por medicamentos. El centro de salud violó la ADA y debe cambiar su política de rechazar pacientes basándose en una receta que trata la adicción.

Escenario de práctica o pasantía educativa

Joseph se está recuperando de la adicción a la heroína y ha estado en MAT durante dos años. Está inscrito en un programa de consejería sobre adicciones de una escuela de posgrado y se le negó una práctica o pasantía en un hogar de recuperación porque está tomando Suboxone.

¿Joseph está protegido por la ADA? Depende. Podría ser una violación de la ADA dependiendo del motivo del rechazo. Hay algunos hogares de recuperación que no aceptan solicitantes que están en MAT. Esto sucede porque algunos hogares de recuperación creen que las personas a las que se les receta Suboxone como parte de su recuperación están usando drogas de manera ilegal y toman acciones negativas basadas en esta creencia incorrecta. Otra razón podría ser que el hogar de recuperación tiene una filosofía de abstinencia de medicamentos. Una residencia de recuperación no debe aceptar o rechazar a un solicitante basándose únicamente en el uso de su medicamento recetado, ya que tales exclusiones violan la ADA. La universidad tiene la obligación de asegurarse de que los lugares donde los estudiantes hacen sus pasantías no discriminen a los estudiantes con discapacidades. El pasante también puede comunicarse con la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación o con el Departamento de Justicia si ocurre discriminación.

Acceso a atención médica cuando se está intoxicado

Hasta este punto, esta hoja informativa se ha centrado en las personas que se están recuperando del uso ilegal de drogas. Generalmente, las personas no pueden participar en el uso ilegal de drogas y estar protegidas por la ADA. Sin embargo, hay una excepción. A una persona que actualmente se dedica al uso ilegal de drogas no se le puede negar la atención médica debido a su uso actual si normalmente calificaría para los servicios.

Escenario: Hace cuatro años, Daniel se lesionó el hombro haciendo deporte. Una vez que se le acabó la receta de analgésicos, empezó a consumir heroína. Recientemente, se ha sentido bastante enfermo con síntomas que incluyen problemas para respirar y fiebre. Busca ayuda en la sala de emergencias de su localidad, pero lo rechazan porque está "drogado".

¿Daniel está protegido por la ADA? Sí, Daniel está protegido por la ADA porque no se le puede negar el tratamiento para el que normalmente calificaría sobre la base de su uso actual de drogas ilegales. El personal de la sala de emergencias tendría que evaluarlo y realizar las pruebas que normalmente se realizarían para alguien con síntomas similares.

Las personas que muestran señales de intoxicación aguda a veces son expulsadas de las salas de emergencias por personal que teme por su comportamiento o que asume que solo buscan drogas. La sala de emergencias de un hospital no puede negarse a brindar servicios de emergencia a una persona porque la persona está usando drogas ilegalmente. Daniel solo puede ser excluido si su comportamiento representa un riesgo significativo para la seguridad y la sala de emergencias no puede reducir el riesgo a un nivel seguro mediante la implementación de modificaciones razonables.

¿Necesita más información?

Si tiene preguntas sobre sus derechos u obligaciones en virtud de la ADA, comuníquese con su Centro local de la ADA. Cada centro cuenta con especialistas de la ADA que brindan información y orientación a cualquier persona que solicite información sobre la ADA. Puede llamar a la línea gratuita al 1-800-949-4232. También puede enviar un correo electrónico a su centro local haciendo clic en el siguiente enlace y completando el formulario: https://adata.org/email. Todas las llamadas y correos electrónicos son tratados de forma anónima y confidencial.

El contenido fue desarrollado por el New England ADA Center y se basa en el consenso profesional de expertos de la ADA y de la Red Nacional de la ADA.

New England ADA Center
Institute for Human Centered Design
1-800-949-4232
ADAinfo@NewEnglandADA.org
www.NewEnglandADA.org

Los contenidos de esta hoja informativa se desarrollaron bajo subvenciones del Instituto Nacional de Discapacidad, Vida Independiente e Investigación de Rehabilitación (Subvenciones números 90DP0087 y 90DP0086 de NIDILRR). NIDILRR es un Centro dentro de la Administración para la Vida Comunitaria (ACL, por sus siglas en inglés), Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS, por sus siglas en inglés). El contenido de esta hoja informativa no representa necesariamente la política de NIDILRR, ACL, HHS, y no se debe asumir endoso del Gobierno Federal.

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