Cómo abrir puertas a todos

Las personas con discapacidades son la minoría más grande y de más rápido crecimiento en los EE.UU. Controlan $1 billón en ingresos anuales totales. Tienen amigos, familiares y compañeros de trabajo que les acompañan a eventos y excursiones. Y utilizan empresas e instalaciones que son accesibles para ellos.

¿Cómo pueden las empresas proporcionar acceso a las personas con discapacidades? Pueden empezar por abrir sus puertas, literalmente. Puertas accesibles les dan la bienvenida a todos, y son requeridas por ley.

Requisitos legales para puertas

Requisitos básicos

La Ley sobre Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés) cubre una amplia variedad de empresas privadas, así como todas las agencias de los gobiernos estatales y locales. La ADA requiere que estas entidades provean acceso a sus programas, productos y servicios.

Empresas o edificios que están abiertos u ofrecen servicios al público en general se denominan como "lugares públicos" por la ADA. Lugares públicos y edificios construidos por gobiernos estatales o locales deben ser completamente accesibles a las personas con discapacidades si se construyeron después de 26 de enero de 1992.

Lugares públicos construidos antes de esa fecha deben llevar a cabo "eliminación de barreras fácilmente realizable". Esto consiste en actividades que se pueden llevar a cabo fácilmente sin mucha dificultad o gasto. Lo que se puede lograr fácilmente variará de una empresa a otra, y dependerá de una serie de factores, incluyendo las condiciones estructurales existentes y los recursos financieros de la empresa. Incentivos fiscales pueden ayudar a sufragar algunos de los gastos.

Gobiernos estatales y locales también deben tomar medidas para garantizar el acceso a los programas y actividades que ofrecen en instalaciones inaccesibles. Además, los códigos locales y estatales de construcción pueden requerir características de accesibilidad diferentes o adicionales.

Requisitos de accesibilidad para puertas

¿Qué puertas debe ser accesibles?

Al menos una puerta debe ser accesible en estos lugares:

  • Cada entrada accesible (al menos el 60% de las entradas públicas en instalaciones de nueva construcción deben ser accesibles a personas que usan sillas de ruedas o que tienen problemas de movilidad).
  • El espacio de cada inquilino en un centro comercial u otro edificio con múltiples inquilinos comerciales.
  • Cuartos y espacios dentro de edificios accesibles.
  • Las entradas a los edificios desde todas las estructuras de estacionamientos, túneles o pasillos elevados.
  • Al menos una entrada restringida o de seguridad (si aplica).
  • A lo largo de la ruta de escape o evacuación requerida en cada edificio.
  • Entradas públicas que sirven diferentes rutas fijas dentro de instalaciones donde se puede transitar.

Es bueno saber: Aunque puertas automáticas pueden proporcionar mayor accesibilidad, no son requeridas por las Normas de la ADA.

Asuntos comunes relacionados a accesibilidad a través de puertas

Ancho de espacio libreDiagramas de una puerta con bisagra, puerta corrediza y puerta plegable.

Puertas accesibles deben proporcionar por lo menos 32 pulgadas de ancho de espacio libre. Anchura libre se mide entre el frente de la puerta y donde la puerta se detiene en el lado opuesto.

Manillas

Las manillas de la puerta no deben requerir más de 5 libras de fuerza para operarlas. También deben ser operable con una mano y sin que tener que apretar, pinchar o torcer la muñeca. Agarraderas tipo palanca y algunos otros tipos cumplen con este requisito. Manillas redondas tradicionales no son accesibles, ya que requieren agarre apretado y torsión para girar.

Umbrales

Los umbrales no pueden ser mayores de ½ pulgada de alto en puertas accesibles, incluyendo puertas corredizas. Sin embargo, se permite ¾ de pulgada en todas las puertas existentes cuando están biseladas en cada lado con una pendiente de no más 1:2. Umbrales más altos de ¼ de pulgada deben ser biselados hasta un máximo de 1:2.

Espacio para maniobrar

Las puertas requieren cierta cantidad de espacio libre a su alrededor para permitir que las personas que utilizan sillas de ruedas u otros aparatos de movilidad puedan:

  • Acercarse a la puerta;
  • Alcanzar la puerta o manilla de la puerta;
  • Abrir la puerta dejando espacio libre para girarla (si se trata de un tipo de puerta que gira);
  • Maniobrar a través de la puerta; y
  • Cerrar la puerta por sí mismas al dejarla atrás.

El espacio requerido varía según el tipo de puerta y la dirección de acceso:

  • La puerta gira hacia uno - la distancia de movimiento en la puerta para tirar de la parte frontal de la puerta es de 18 pulgadas como mínimo.
  • La puerta se desplaza hacia afuera: el espacio de movimiento para empujar la parte frontal de la puerta con un mecanismo de cierre es de 12 pulgadas como mínimo.

En todos los casos, el espacio para maniobrar debe tener una superficie plana, es decir, una pendiente máxima de 1:48.

"Mirillas"

Mirillas colocadas a una altura más baja no suelen ser necesarias. Sin embargo, en algunos tipos de habitaciones accesibles, como una habitación de hotel, proporcionar dos mirillas se considera buena práctica. Una mirilla debe estar a la altura "típica" y la otra situada 43 centímetros por encima del nivel del suelo.

Velocidad para cerrar

Las puertas que se cierran automáticamente con rapidez dificultan que los usuarios puedan pasar por ellas de manera segura, particularmente aquellos con discapacidades. Puertas que se cierran automáticamente deben tomar al menos 5 segundos para pasar de la posición abierta de 90 grados a 12 grados del pestillo. Las puertas con bisagras de muelle deben tomar por lo menos 1.5 segundos para cerrar desde la posición abierta de 70 grados. El tiempo que las puertas automáticas toman para cerrar varía dependiendo del tipo de puerta (giratoria, corrediza o plegable), así como de las dimensiones y el peso de la puerta. El American National Standards Institute (ANSI) A156.10 cubre los requisitos de las puertas automáticas de "fuerza completa"; ANSI A156.19 se refiere a puertas de "baja energía" o de "fuerza asistida".

Fuerza

Puertas de acceso interior deben requerir no más de 5 libras de fuerza para abrirlas. Esto se aplica a puertas y portones interiores con bisagras, así como a puertas corredizas y plegables. Las Normas de la ADA no especifican la fuerza para abrir puertas exteriores, aunque algunos códigos estatales y locales de construcción pueden tener requisitos. Fuerza de apertura máxima típica para puertas exteriores oscila desde 8.5 hasta 10 libras. Puertas designadas como puertas cortafuegos deben tener la fuerza de apertura mínima permitida por las autoridades locales.

Puertas con superficies lisas

Bastones, sillas de ruedas y otros aparatos de movilidad pueden engancharse en las superficies de las puertas. El lado de empuje de puertas y portones nuevos giratorios que están dentro de 10 pulgadas de piso o suelo terminado debe tener superficie lisa. La superficie lisa se debe extender por todo el ancho de la puerta. Cualquier espacio creado por la adición de zócalos debe cubrirse. Estos requisitos no se aplican a puertas corredizas y algunas puertas de vidrio templado.

Acerca de nuestra organización

Northwest ADA Center proporciona asistencia técnica, información y adiestramiento referente a la Ley sobre Estadounidenses con Discapacidades. Se proporciona información de la oficina regional en el estado de Washington y las oficinas estatales en Alaska, Idaho y Oregon. Hay especialistas disponibles para contestar preguntas específicas acerca de todos los títulos de la ADA y accesibilidad en ambientes construidos. Personal adiestrado ofrece presentaciones a empresas, organizaciones, escuelas, personas con discapacidades y al público en general.

Para obtener más información sobre los requisitos de accesibilidad para puertas (e instalaciones):

Departamento de Justicia de EE.UU.

Normas de la ADA de 2010

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Los contenidos de esta hoja informativa se desarrollaron bajo subvenciones del Instituto Nacional de Discapacidad, Vida Independiente e Investigación de Rehabilitación (Subvenciones números 90DP0095 y 90DP0086 de NIDILRR). NIDILRR es un Centro dentro de la Administración para la Vida Comunitaria (ACL, por sus siglas en inglés), Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS, por sus siglas en inglés). El contenido de esta hoja informativa no representa necesariamente la política de NIDILRR, ACL, HHS, y no se debe asumir endoso del Gobierno Federal.

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